miércoles, 8 de abril de 2009

DIPUTADOS PREOCUPADOS POR LOS DERECHOS DE LA TIERRA DE LOS CAMPESINOS (FRENTE COMPROMISO SOCIAL)

Los legisladores solicitan la derogación del Art. 182 bis del Código de Procedimiento Criminal y Correccional

El bloque de diputados del Frente Compromiso Social presentó un proyecto mediante el cual solicita la derogación del Art. 182 bis del Código de Procedimiento Criminal y Correccional de Santiago del Estero.

En la fundamentación del proyecto, la diputada Mabel Mathieu de Llinás, expuso que “la reforma del Código no solo implicó la superación del viejo sistema inquisitivo por otro más ajustado a los claros límites que impone el artículo 5 de la Constitución Nacional, esto es, asegurar la administración de Justicia, de acuerdo a los principios, declaraciones y garantías de ese cuerpo legal, adoptando en consecuencia un sistema acusatorio a cargo del Ministerio Público, sino que a instancias del Gobernador de la Provincia, se incorporó al nuevo Código, la normativa del Art. 182 bis, de la norma aún vigente, y que fuera reiteradamente cuestionada por las organizaciones campesinas y fotos vinculados a las cuestiones de tierra, por la aplicación que del mismo hace nuestra Justicia”.

Añadió la legisladora: “Celebramos que el Gobernador y la misma Cámara que la sancionó la norma de referencia haya decidido eliminarla del nuevo Código, porque ello implica la voluntad política clara de operativizar la norma contenida en el Art. 103 de la Constitución Provincial, que expresa que el Estado asume el compromiso de estabilizar la población rural y procurar el acceso a la propiedad, todo ello en consonancia con las políticas públicas que el Ejecutivo se viene dando en el ámbito de los espacios institucionales dependientes de la Jefatura de Gabinete, esto es, Mesa de Tierras, Comité de Emergencia, Registro de Poseedores, etc.

“Pero hete aquí - puntualizó- que el Código recientemente sancionado entra en vigencia a partir del año de la publicación del mismo, con lo cual, mientras tanto el Art. 182 bis sigue vigente y lamentablemente nuestros jueces lo siguen aplicando, facilitando el desalojo de los campesinos de sus tierras”.

Enfatizó Mabel de Llinás: “Dicho artículo, casi esta demás decirlo, atenta contra el legítimo derecho de defensa en juicio y por ende, vulnera el artículo de la Constitución referenciado, ya que por la mera apariencia de titularidad del dominio, es decir, que se cuente con una escritura de compra de un inmueble, el juez, con o sin caución, puede ordenar la restitución del inmueble supuestamente usurpado, sin necesidad de que el auto de procesamiento se encuentre firme, o sea, en estado de inocencia del imputado.

“En nuestro medio, sabido es que, sobre todo las denuncias por usurpación se hacen contra campesinos sin títulos, muchos de los cuales vivieron y se criaron en campos abandonados por titulares de dominios”.

La legisladora de Compromiso Social señaló más adelante que “con esta norma en los hechos, se perjudica enormemente las posibilidades del reconocimiento de los derechos de los poseedores, en tanto dispone la restitución de inmuebles a quienes denuncien supuestas usurpaciones, en forma inmediata y sin juicio previo, en la mayoría de los casos criminalizando cuestiones que son de carácter civil, como es el debate del hecho y del derecho a la posesión”.

No hay comentarios: